¿Qué es el Modelo 210 y quién debe presentarlo?
El Modelo 210 es la declaración del impuesto sobre la renta de no residentes de España, el impuesto sobre la renta de no residentes (IRNR). Está dirigido a quienes no son residentes fiscales en España y obtienen ingresos allí sin tener una actividad empresarial: para la mayoría de los lectores, una vivienda. A diferencia de los residentes, no existe una única declaración anual para todo: un Modelo 210 por propietario, por vivienda y por tipo de ingreso, y las pérdidas de una nunca reducen las de otra.
| Tu vivienda en España | Qué se grava | Presentación |
|---|
| La usas, la prestas o la dejas vacía | Un ingreso imputado: el 1.1% o el 2% del valor catastral | Una vez al año |
| Lo alquilas | El alquiler, menos los gastos si resides en la UE o en el EEE | Una vez al año |
| Lo vendes | La ganancia, al 19% | Después de la venta |
- ¿Eres propietario junto con tu cónyuge o pareja? Cada uno presenta la declaración correspondiente a su parte: dos propietarios, dos declaraciones. Un matrimonio que resida en el extranjero puede presentar una sola declaración conjunta únicamente en caso de venta.
- ¿Dos viviendas? Una declaración por cada una.
- ¿Alquilada parte del año? El alquiler correspondiente a los días que estuvo alquilada y la renta imputada correspondiente al resto de los días.
¿Te has trasladado a España? Una vez que seas residente fiscal, dejarás de presentar el Modelo 210: la vivienda se incluye en tu declaración española del impuesto sobre la renta, la Renta. Consulta cuándo te conviertes en residente fiscal en España.
¿Cuánto se paga de Modelo 210 por una vivienda que no se alquila?
España grava una vivienda que no genera ingresos por alquiler como si los generara, mediante una renta imputada, es decir, unos ingresos teóricos. Para 2025:
- el 1,1 % del valor catastral si los valores catastrales de tu municipio se revisaron en 2012 o después;
- el 2 % si se revisaron por última vez antes;
- si no tiene valor catastral, el 1,1 % del 50 % de lo que pagaste por ella.
Después, se multiplica por tu porcentaje de propiedad de la vivienda y por los días del año durante los que fuiste propietario, y se aplica un impuesto del 19 % si resides en la UE o el EEE, 24 % en los demás casos. No se deduce ningún gasto. El valor catastral figura en el recibo del IBI del ayuntamiento, el impuesto local sobre bienes inmuebles, y suele ser muy inferior al precio de venta de la vivienda; el Catastro indica el año en que se revisaron por última vez los valores de tu municipio.
Tres ejemplos prácticos para 2025
Los importes en euros son valores catastrales.
| Propietario | Renta imputada | Impuesto |
|---|
| Una pareja en Alemania, al 50 % cada uno: un apartamento en Torrevieja, 120.000 €, valores revisados en 2019 (1,1 %) | 660 € cada uno | 125,40 € cada uno |
| Un jubilado en el Reino Unido, propietario único: una villa cerca de Marbella, 150.000 €, valores revisados en 2008 (2 %) | 3.000 € | 720 € |
| La pareja, si hubiera comprado el 1 de julio de 2025 (184 días) | 332,71 € cada uno | 63,21 € cada uno |
Para calcular tus propias cifras, el simulador de CasitaTax lo calcula para cada propietario, gratis y desde el navegador.
2026 y 2027: qué puede cambiar
El límite de 2012 se renueva año a año. Para 2026, depende de un decreto ley de octubre de 2026 que el Congreso aún no había votado el 30 de octubre; sin él, solo los valores revisados en los 10 años anteriores reciben el 1,1 %. El mismo decreto ley sustituiría ambos tipos a partir de 2027 por una escala del 1,1 % al 3 % del valor catastral. Actualizaremos esta guía cuando el Congreso vote y la agencia tributaria indique cómo se aplica la escala a los no residentes.
Modelo 210 al alquilar tu vivienda en España
Los ingresos por alquilar una vivienda en España tributan en España, vivas donde vivas. Tu lugar de residencia determina cómo:
- En la UE, Islandia, Noruega o Liechtenstein: el 19 % de los ingresos por alquiler menos los gastos correspondientes a los días alquilados: los intereses de un préstamo para la vivienda y las reparaciones (hasta el importe de los ingresos por alquiler en conjunto), el IBI y otros impuestos y tasas locales, los servicios que pagas a terceros (una agencia, limpieza) y el desgaste del edificio, hasta un 3 % anual de su coste, sin incluir el terreno.
- En cualquier otro lugar, incluidos el Reino Unido, EE. UU. y Suiza: el 24 % de los ingresos brutos por alquiler, sin deducir ningún gasto.
La reducción que se aplica a los residentes en España por los alquileres de larga duración nunca se aplica a los no residentes. Ejemplo: alquilas tu piso durante 8 semanas en verano por 6.000 €, con 1.500 € de gastos correspondientes a esas semanas. Si vives en los Países Bajos, pagas 855 €; si vives en el Reino Unido, 1.440 €. También se debe declarar la renta imputada correspondiente a los otros 309 días: 212,32 € si eres el único propietario del piso de Torrevieja mencionado anteriormente.
Desde junio de 2026, los ingresos por alquiler se declaran una vez al año, del 1 al 20 de abril del año siguiente: consulta los plazos. ¿Lo alquilas durante 30 noches o menos? Los alquileres de corta duración tienen sus propias normas (un número de registro y el IVA a partir de diciembre de 2026 si el Congreso confirma un decreto de octubre): nuestro calendario fiscal de España les hace seguimiento.
Vender tu vivienda en España como no residente
Cuando vendes, el comprador retiene el 3 % del precio y lo paga a la Agencia Tributaria en el plazo de un mes, mediante el Modelo 211, como pago a cuenta de tus impuestos. Después presentas el Modelo 210 por la ganancia, gravada al 19 % independientemente de dónde vivas, y deduces el 3 %: si supera el importe de tus impuestos, la Agencia Tributaria te devuelve la diferencia en una cuenta en España o en el extranjero.
- Tu ganancia es el precio de venta menos los gastos de venta, lo que pagaste, las mejoras y los gastos e impuestos de compra (no los intereses de la hipoteca). Ya no se aplica ningún ajuste por inflación.
- El plazo: los tres meses posteriores al mes de la venta. ¿Vendiste el 15 de marzo? Presentas la declaración entre el 16 de abril y el 15 de julio.
- ¿Has tenido pérdidas? Presenta la declaración igualmente: es la única forma de recuperar el 3 %.
- ¿Compraste entre el 12 de mayo y el 31 de diciembre de 2012? La mitad de la ganancia está exenta.
- El ayuntamiento cobra su propio impuesto sobre el incremento de valor del terreno, la plusvalía municipal, aparte del Modelo 210.
¿Vendes una vivienda que heredaste? La ganancia se calcula a partir del valor declarado para el impuesto de sucesiones en España. Y si estás al otro lado de la operación, nuestra guía para comprar una casa en España explica el 3 % del comprador.
Cómo presentar el Modelo 210 por tu cuenta, en 6 pasos
La presentación es gratuita en la web de la Agencia Tributaria. Desde los documentos hasta el justificante:
1
Ten un número de identificación fiscal español
Para presentar la declaración por internet necesitas tu NIE, el número de identificación de extranjero que probablemente obtuviste para comprar la vivienda. En el formulario imprimible, un propietario que no lo tenga puede solicitar un código para no residentes y conservarlo para los años siguientes.
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Obtener mi NIE2
Busca el valor catastral
Aparece en el recibo del IBI, para toda la vivienda, y en la sede electrónica del Catastro, que también indica el año en que se revisaron por última vez los valores de tu municipio.
recibo del IBICatastro
3
Calcula tus impuestos
Valor catastral × 1,1% o 2% × tu porcentaje de propiedad × los días que fuiste propietario, aplicando el tipo del país donde resides. ¿La alquilaste? Se tienen en cuenta el alquiler y, en la UE o el EEE, los gastos correspondientes a esos días.
Prueba el simulador gratuito4
Rellena el formulario
En la página del Modelo 210 de la Agencia Tributaria. Con un Certificado digital o Cl@ve, presenta y paga en línea. Si no tienes ninguno, rellena el mismo formulario en línea e imprímelo: no hay ningún PDF en blanco que puedas rellenar a mano.
Páginas de ayuda en inglés
Obtener mi Certificado digital5
Paga el impuesto
En línea: mediante domiciliación bancaria desde una cuenta de la zona SEPA, incluidos el Reino Unido y Suiza (no para una venta), o con tarjeta. En papel: en un banco español o mediante una transferencia en euros desde un banco extranjero, con el código de pago que te proporciona el formulario, válido durante 30 días.
Domiciliación bancaria: antes del 23 de diciembreTransferencia: la declaración cuenta cuando llega el dinero
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Conserve los justificantes
Conserve la declaración y el comprobante de pago de cada propietario y cada año: la agencia tributaria dispone de 4 años desde cada fecha límite para revisarlos.
4 años
Casilla por casilla, la guía de CasitaTax para rellenar el formulario en inglés explica qué debe incluirse en cada una. Sea cual sea la forma de presentación, la declaración y los impuestos son los mismos: lo que paga a CasitaTax es el servicio de preparación y presentación de la declaración por usted.
Plazos del Modelo 210: qué cambió en junio de 2026
Una orden de junio de 2026 (Orden HAC/623/2026) modificó los plazos. Los alquileres con impuestos a pagar solían declararse cada trimestre, y los ingresos imputados, a partir del 1 de enero. La mayoría de las páginas, e incluso algunas de la propia Agencia Tributaria, siguen indicando lo mismo.
| Qué | Ingresos de 2025 | Ingresos de 2026 |
|---|
| Una vivienda que no alquilas | Antes del 31 de diciembre de 2026 | Del 1 de abril al 31 de diciembre de 2027 |
| Alquiler, con impuestos que pagar | Cada trimestre, como antes | Alquiler desde octubre o todo el año agrupado: del 1 al 20 de abril de 2027 |
| Alquiler, sin impuestos que pagar | Del 1 al 20 de enero de 2026 | Del 1 al 20 de enero de 2027 |
| Una devolución | A partir del 1 de febrero del año siguiente, dentro de un plazo de 4 años |
| Una venta | Los tres meses posteriores al mes del comprador |
¿Pagas por domiciliación bancaria? El plazo termina antes: el 23 de diciembre para una vivienda que no alquilas y el 15 de abril para el alquiler. El alquiler de abril a septiembre de 2026 declarado por separado mantiene los plazos de julio y octubre. A partir del 1 de enero de 2027, todas las declaraciones se presentan en una nueva versión del formulario, que te pide indicar los días y tu porcentaje. Nuestro calendario fiscal de España incluye todas las fechas y las añade al calendario de tu teléfono, con un recordatorio.
¿Te has saltado un año? Presenta tarde el Modelo 210
Muchos propietarios se enteran de la existencia del Modelo 210 años después de comprar. Preséntalo tarde por iniciativa propia, antes de que la Agencia Tributaria se ponga en contacto contigo, y pagarás un recargo, no una multa:
- el 1 % del impuesto, más un 1 % por cada mes completo de retraso durante el primer año;
- el 15 % después de 12 meses, más intereses de demora a partir de entonces;
- una cuarta parte menos si pagas el importe íntegro al presentar la declaración.
Sobre los 125,40 € del primer ejemplo, presentar con un año de retraso cuesta 18,81 € más. Si esperas a que la Agencia Tributaria lo detecte, la multa empieza en el 50 % del impuesto. Una declaración fuera de plazo sin importe a pagar cuesta una tarifa fija de 100 € (200 € después de recibir una carta). La Agencia Tributaria puede reclamar la declaración de un año durante los 4 años posteriores a la fecha límite: ponte al día con los años que aún estén dentro del plazo, empezando por el más antiguo. CasitaTax también presenta declaraciones de años anteriores.
Presentar el Modelo 210 desde el extranjero: dudas de los propietarios
¿Está el Modelo 210 en inglés?
Las páginas del Modelo 210 de la Agencia Tributaria y su servicio de ayuda están en inglés. La ley y las instrucciones detalladas, casilla por casilla, están en español: la guía de CasitaTax en inglés para rellenar el formulario explica cada casilla.
¿Necesito un Certificado digital?
Solo para presentar y pagar en línea: un Certificado digital español o Cl@ve. Si no tienes ninguno, imprime el formulario cumplimentado y paga en un banco español o mediante una transferencia desde el extranjero, o pide a alguien que lo presente por ti. Te ayudamos a obtener tu Certificado digital una vez que tengas tu NIE.
¿Necesito un representante fiscal en España?
Normalmente, no. Si vives en la UE, nunca; en otros casos, solo si la Agencia Tributaria te pide que designes uno por tus ingresos o por tu propiedad en España, o si vives en un país que no intercambia información fiscal con España. Si estás obligado a designar uno y no lo haces, te costará 2.000 €. Cualquier otra persona puede presentar la declaración por ti con tu autorización, registrada ante la Agencia Tributaria.
¿Tendré que pagar impuestos dos veces?
España grava los ingresos procedentes de una vivienda en España. Que tu propio país también los grave y te conceda una deducción por los impuestos pagados en España depende de su normativa y del convenio fiscal con España: muchos países no gravan los ingresos imputados. Conserva los justificantes del Modelo 210 y consulta a la administración tributaria o a un asesor de tu país.
¿Presentarla por tu cuenta o con CasitaTax?
| Por tu cuenta | CasitaTax |
|---|
| Precio | Gratis | 122 € al año, 374 € con alquiler, 299 € por una venta |
| Copropietarios | Cada uno presenta la suya | 2 incluidos, 54 € por cada propietario adicional |
| Idioma | Instrucciones en español | 9 idiomas |
| Recordatorio | Nuestro calendario fiscal | Cada año |
CasitaTax es nuestro servicio hermano, del mismo grupo que AnchorLess, creado para propietarios que viven en el extranjero. Calcula los impuestos de cada propietario, te envía las cifras para que las apruebes antes de presentar nada, presenta las declaraciones ante la agencia tributaria y te envía cada declaración presentada y el justificante de pago. El impuesto se paga directamente a la agencia tributaria, aparte de su precio, IVA incluido. Es un servicio privado, no la agencia tributaria. También puede presentarla un gestor local, un asesor fiscal español.